Objetivo: Promover la cultura deportiva y estimular la práctica y enseñanza del deporte en la población. Son facultades y obligaciones: I. Promover la cultura del deporte, respetando las organizaciones constituidas, mediante el fortalecimiento de las ya existentes y la creación de otras en donde sea necesario; II. Planear, desarrollar, vigilar, fomentar y estimular la práctica y enseñanza del deporte, la cultura física y el desarrollo integral de la niñez, juventud y adultez de la población que integra el Municipio; III. Coordinar, organizar y fomentar en el ámbito municipal, la enseñanza y práctica del deporte de aficionados en todos sus tipos y categorías, de acuerdo con las políticas y programas que se establezcan; IV. Fortalecer la unidad entre los deportistas del Municipio, mediante la coordinación y el trabajo armónico con los Comités Deportivos Municipales y las instancias promotoras del deporte; V. Fijar políticas y estrategias para la celebración de eventos deportivos, así como encauzar la participación oficial de los deportistas que representan al Municipio en competencias deportivas estatales, regionales y nacionales; VI. Coordinar y fomentar la enseñanza y práctica del deporte popular masivo en las zonas urbanas y rurales del Municipio; VII. Fomentar medidas diversas que fortalezcan el deporte y permitan que dicha actividad contribuya de manera efectiva a la cohesión de los habitantes del Municipio; VIII. Administrar las instalaciones deportivas que le sean destinadas por el Ayuntamiento; IX. Instaurar los mecanismos que garanticen la conservación, el buen uso y el óptimo aprovechamiento de las instalaciones deportivas existentes en el Municipio; X. Propiciar la creación y apertura de nuevos espacios para la práctica del deporte, mediante la participación comunitaria en las colonias del Municipio. XI. Presentar ante la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas, a través del Órgano Interno de Control Municipal, las declaraciones de su situación patrimonial, en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Chiapas; y XII. Las demás que señalen los acuerdos del Cabildo.