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Áreas | Secretaría Municipal de Protección Civil

Secretaría Municipal de Protección Civil

Objetivo: Aplicar los mecanismos necesarios para enfrentar en primera instancia, las emergencias y desastres que se presenten en el territorio municipal, organizando los planes y programas de prevención y auxilio a las personas, sus bienes y al medio ambiente.

Son facultades y obligaciones:
I. Salvaguardar la integridad de la ciudadanía ante cualquier siniestro;
II. Realizar, en la esfera de su competencia o, en su caso, en coordinación con las instancias correspondientes, visitas de inspección, supervisión y verificación a los establecimientos, lugares o áreas clasificadas como potencialmente de riesgo;
III. Realizar y coadyuvar en campañas educativas para prevenir y controlar situaciones de emergencia y desastre;
IV. Informar a la población sobre las inclemencias del tiempo;
V. Promover la participación social en la realización de actividades relacionadas con la materia de protección civil;
VI. Trabajar conjuntamente con la Dirección de Seguridad Pública Municipal;
VII. Adoptar las medidas necesarias para prevenir y controlar, en primera instancia, emergencias o desastres;
VIII. Diseñar e implementar las medidas preventivas que permitan la capacidad de respuesta inmediata ante situaciones de emergencia o desastre que se presenten en el Municipio;
IX. Utilizar de manera eficiente, eficaz y transparente los recursos destinados a enfrentar situaciones de emergencia o desastre
X. Coordinar el desarrollo de sus funciones con las que desarrollen las autoridades federales, estatales e intermunicipales competentes en la materia; así como con grupos de voluntarios para prevenir y controlar situaciones de emergencia o desastre;
XI. Aplicar, en el ámbito de su competencia, las medidas correctivas y sanciones que, por infracciones a la Ley de Protección Civil vigente en el Estado;
XII. Formar parte del Sistema Municipal de Protección Civil;
XIII. Elaborar, instrumentar y operar el programa interno de protección civil con base en la normatividad establecida por los sistemas nacional y estatal de protección civil;
XIV. Colaboración con la Comisión de Salud del Ayuntamiento, y con la Dirección de Salud Municipal, en las campañas gatunas y caninas, a fin de no propagar enfermedades que pongan en riesgo a la ciudadanía;
XV. Colaborar con la Dirección de Obras Públicas Municipales, para la validación de topes en zonas escolares, cruceros etcétera;
XVI. Presentar ante la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de Chiapas, a través del Órgano Interno de Control Municipal, las declaraciones de su situación patrimonial, en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Chiapas; y,
XVII. Las demás que les señale la Ley en la materia.

Titular

Secretario Municipal de Protección Civil

Lic. Bersaín Villareal Hernández

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