Objetivo: Promover el respeto y observancia de los derechos humanos establecidos en el orden jurídico mexicano y en instrumentos internacionales ratificados por el Estado mexicano. Son facultades y obligaciones: I. Promover y difundir la práctica de los derechos humanos al interior del Ayuntamiento; II. Supervisar que los actos de autoridad municipal tengan un enfoque de derechos humanos; III. Participar en las conciliaciones y mediaciones para la solución de conflictos en donde exista una presunta violación a los derechos humanos; IV. Promover la vinculación del Ayuntamiento con organizaciones de la sociedad civil, en temas de derechos humanos; V. Asesorar y orientar a la población en general, en temas de derechos humanos; VI. Fungir como enlace entre la Comisión Estatal de los Derechos Humanos y el Ayuntamiento; VII. Dar seguimiento al cumplimiento de solicitud de informes que realice la Comisión Estatal de los Derechos Humanos; VIII. Brindar acompañamiento al cumplimiento de las medidas precautorias o cautelares solicitadas por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos; IX. Coadyuvar en el seguimiento a las recomendaciones que emitan las Comisiones Nacional y Estatal de los Derechos Humanos al Ayuntamiento y atender las solicitudes de información o medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. X. Supervisar la efectividad de los módulos de atención inmediata para erradicar la violencia de género. Coadyuvar con la procuraduría de protección de derechos de niñas, niños y adolescentes municipal; y con el Secretario Ejecutivo del Sistema Municipal de Protección a los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; XI. Las demás que les confiera el marco constitucional, las Convenciones Internacionales de Derechos Humanos, las Leyes Generales en Materia de Derechos Humanos, emanadas de la Constitución, esta Ley, reglamentos, los acuerdos del Ayuntamiento o demás disposiciones jurídicas aplicables